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martes, 25 de marzo de 2014

Club Anarcocapitalista de Cuba. Conferencia II

Club Anarcocapitalista de Cuba
CAC

Conferencia II
La Ley, el Orden y La Defensa Nacional en el Anarcocapitalismo.

En la conferencia anterior quedó bien puntualizado que en la sociedad anarcocapitalista, la ley y el orden es garantizado a través de un mercado competitivo de instituciones privadas que ofrecen seguridad, justicia, y otros servicios de la defensa, y que además, estos proveedores de justicia y del orden compiten por clientes de pago voluntario que desean recibir los servicios, en contraposición de individuos gravados sin su consentimiento, a los que se les asigna un proveedor monopólico de la fuerza, brindándose de esta manera servicios legales y policiales más baratos y de calidad.

¿Cómo funciona esto en la práctica?

Pues bien, en una sociedad anarcocapitalista, donde es inexistente la presencia del Estado, recae, sobre el sector privado la responsabilidad de crear las normativas necesarias que garanticen el desarrollo armonioso y el orden en la sociedad.

El orden, en la sociedad anarcocapitalista, se garantiza a través de las Agencias Privadas de Defensa, que no son más que empresas dedicadas a brindar el servicio de protección y defensa dentro de un contexto de libre mercado.

Dentro de las funciones inherentes a estas empresas privadas, se encuentra la de resolver los conflictos contractuales, así como los daños y perjuicios extracontractuales, entendiéndose por estos, robos, asaltos, homicidios, estafas, contaminación a personas y sus propiedades, etc. , a través de sus relaciones con otras entidades como pueden ser, agencias privadas de seguros y de arbitraje.

Es importante señalar, en primer lugar, que estas agencias no son subvencionadas de manera alguna a través de tributos, ni dependen en lo más mínimo de medios de apoyo intrusivo u obligatorio que limiten o ejerzan influencia en su libertad de obrar, y en segundo lugar, que no tienen como finalidad la agresión, si no que persiguen únicamente fines defensivos, debido a que al no existir el Estado, queda abolida una de sus principales funciones, que es la guerra.

Debe tenerse presente que, según palabras de Benjamin Tucker, el servicio de defensa, es un trabajo útil y deseado, puesto que se desarrolla en un contexto de del libre mercado y por ende se ofrecerá a precio de costo, y que prevaleciendo la competencia, el éxito será de quien ofrezca el mejor producto al precio más bajo, por lo que la supervivencia de las mismas estarán condicionada a la calidad de los servicios que presten, que les garanticen una amplia base de clientes.

Por tanto, la posibilidad real del éxito de estas agencias radica, en la tenencia de incentivos económicos suficientes para desempeñarse de manera pacífica, eficiente y respetuosa de los derechos individuales, aspectos estos elementales para garantizar su presencia competitiva en el mercado.

Ahora bien, la Ley en el anarcocapitalismo, es consecuencia de la producción privada del Derecho (Ley policéntrica), lo que quiere decir que las mismas son establecidas por entidades privadas en lugar de por las instituciones gubernamentales, por lo que podemos afirmar que la fuente del derecho en una sociedad anarcocapitalista lo constituye la sociedad misma en el proceso dinámico y voluntario de las relaciones interpersonales, interempresariales y entre estas, materializadas fundamentalmente por la figura del Contrato.

El anarcocapitalismo, teoriza una sociedad, donde también los proveedores de justicia compiten por clientes y donde la ley está basada en el derecho natural o el derecho negativo, y que es producida en si misma por el mercado.
En este sentido, los Anarcocapitalistas imaginamos una sociedad en que empresas de tribunales compiten por clientes, denominadas estas, genéricamente, Agencias de Arbitraje Privado.

¿Qué son esencialmente estas agencias?

Las Agencias de Arbitraje Privado, también llamadas Organización Resolutoria de Conflictos, son organizaciones privadas que tienen como función la prestación de servicios tales como la mediación y el arbitraje.
Una ventaja de estos sistemas judiciales sobre la justicia gubernamental o pública, es que los sistemas de justicia privada se desarrollan en un mercado competitivo, en el que los empresarios, en la búsqueda de sus beneficios, tratan de superar a sus competidores en la prestación de los servicios, a fin de garantizarse cada vez más sus clientes, no obstante, es bueno señalar, que existen en la actualidad organizaciones de este tipo que no persigues fines de lucro y que son financiadas en gran medida, a través de donaciones realizadas por fundaciones benéficas.

¿Cómo se garantiza el efectivo cumplimiento de las sentencias o disposiciones de estas agencias?

Según Murray Rothbar, la ejecutoriedad de las decisiones de los tribunales, para que sean eficaces, no tienen por qué ser aplicadas por el gobierno.

La vida ha demostrado que incluso, antes de que las decisiones de las organizaciones de solución de conflictos fueran consideradas legalmente vinculantes en los tribunales del gobierno, ya eran acatadas por los comerciantes para evitar el riesgo del aislamiento y la exclusión, ya que un comerciante que se negara a obedecer el veredicto de un órgano de justicia, estaría engrosando ipso facto, la lista negra, siéndole muy difícil en el futuro, valerse de los servicios de un árbitro.

Esto demuestra que las relaciones que se crean dentro del contexto de una economía de libre mercado, favorecen el comportamiento responsable y la disciplina social.

¿Por qué vías se resuelven las inconformidades con las decisiones de las agencias privadas de arbitraje?

Son, los Tribunales de Apelación, los encargados de resolver estas inconformidades.
Según los anarcocapitalistas, los contratos pueden proporcionar tribunales de apelación, siempre y cuando las partes estén dispuestas a tomar el riesgo extra de los gastos que pudieran ocasionar las apelaciones, aunque no lo circunscriben únicamente a los contratos, pues también dichos tribunales de apelación, pueden conocer de las controversias que se susciten entre personas que pertenezcan a diferentes agencias de arbitraje privado.

¿Cómo se financiarían en una sociedad anarcocapitalista estas agencias o tribunales privados?

Existen muchas posibilidades. Una de ellas sería con la suscripción de los individuos a un servicio judicial determinado, pagando una prima mensual, que le daría el derecho a recurrir al tribunal cada vez que lo necesitase.
Otra fuente de financiamiento sería, a través del pago de una cuota que se efectuaría siempre que un individuo, decidiera recurrir al tribunal, siendo obligación del delincuente o el incumplidor del contrato, restituir a la víctima o al demandante, de los gastos que hubieren incurrido.

Y una tercera posibilidad sería que los tribunales fueran contratados por las agencias policiales para resolver las disputas, o incluso podría haber empresas “verticalmente integradas” que proveyeran servicio policial y judicial, indistintamente.

En todos los casos, sólo el mercado será capaz de decidir cuál de estos métodos resultará más apropiado.

En la práctica, el arbitraje privado se ha convertido en una profesión pujante y muy exitosa, debido a que como se contrata a voluntad de los interesados, las reglas de arbitraje pueden ser decididas rápidamente por las partes, sin tener que recurrir a un complejo y tedioso marco legal aplicable a todos los ciudadanos.
En consecuencia, el arbitraje privado permite que los juicios sean realizados por personas expertas en la materia involucrada, lo que trae aparejado una mayor calidad y justicia en los procesos.

Ha quedado demostrado, que el arbitraje puramente voluntario es suficiente en lo que respecta a las disputas comerciales… ¿qué ocurre con las actividades abiertamente delictivas, como el asalto, el hurto o el robo de bancos?

En estos casos, hay que admitir, que el aislamiento del culpable probablemente no sería suficiente, a pesar de que, como debemos recordar, también incluiría la prohibición, por parte de los dueños de las calles privadas, de que esos delincuentes entraran en sus zonas. Para los casos criminales, entonces, se hacen necesarios los tribunales y la aplicación forzosa de las leyes.

¿Cómo funcionarían entonces las cortes de justicia en una sociedad libertaria, y cómo harían cumplir sus decisiones, teniendo en cuenta además que las reglas libertarias no permiten utilizar la fuerza contra nadie que no haya sido declarado culpable de un crimen?

Veamos pues, el siguiente supuesto de hecho:
En primer lugar, debemos reconocer que ya no existe una corte internacional, ni un gobierno mundial que aplique sus decretos.

Cuando vivimos en un estado de anarquía internacional, prácticamente no hay problemas en la solución de los conflictos que puedan surgir entre los ciudadanos privados de diferentes países, pues en la sociedad libertaria, dicho asunto se resolverá en el tribunal del demandante como condición de agraviado y la decisión de este tribunal deberá ser aceptada por los tribunales del demandado. Es importante señalar que la ausencia de cualquiera de las partes en el proceso ira en su contra.

Un aspecto esencial del servicio judicial privado, es la provisión de decisiones justas, objetivas y pacíficas a sus clientes. Los clientes no considerarían que se les presta un servicio valioso si se toma una decisión y luego se da paso a un enfrentamiento armado. Por ende, una parte esencial de cualquier servicio judicial sería un procedimiento de apelación. En resumen, cualquier tribunal estaría de acuerdo en regirse por un juicio de apelación. El juez de apelación tomaría su decisión, y el resultado de este juicio se consideraría obligatorio para el culpable.

¿Quién designaría a los jueces en una sociedad libertaria?

En la sociedad libertaria, los jueces serian designados por la propia gente, los que irían a ver a los jueces con mayor experiencia y erudición en cuanto al conocimiento y aplicación de los principios legales y éticos básicos de la sociedad.
En la sociedad libertaria, sería necesario la existencia de un código generalmente aceptado y que los tribunales se comprometieran a respetar. Este código, como es lógico, se ajustaría estrictamente a los principios del libertarismo de no agresión contra la persona o su propiedad, y definiría los derechos de propiedad según estos principios, reconociendo las reglas de evidencia para decidir quiénes son los culpables en una determinada disputa, y establecer un castigo máximo para cada crimen. En el marco de ese código, los tribunales particulares competirían por los procedimientos más eficientes, y el mercado decidiría entonces si los jueces, los jurados, etc., son los métodos más eficientes para proveer los servicios judiciales.

¿Qué ocurriría si la policía, los jueces y los tribunales fueran corruptos o parciales, por ejemplo, si sus decisiones estuvieran influidas por el deseo de favorecer a los clientes más adinerados?

Hemos demostrado cómo podría funcionar un sistema legal y judicial libertario en un mercado puramente libre, asumiendo la existencia de honestas diferencias de opinión, pero, ¿qué pasaría si uno o más policías o tribunales se convirtieran, en efecto, en criminales?

Consideremos en primer lugar el problema de un juez o un tribunal corrupto o deshonesto. ¿Qué sucedería con las cortes de justicia que favorecieran a sus clientes adinerados?
Esto sería verdaderamente irrazonable en una sociedad libertaria, debido a los premios y castigos que lleva implícita la misma sociedad, pues la vida del tribunal, y la subsistencia del juez, dependerán de su reputación, integridad, objetividad y búsqueda de la verdad en cada caso. Esta es su marca, su sello, su garantía.

Si trascendiera alguna sospecha de corrupción, inmediatamente perdería clientes y los consumidores no recurrirían a ese tribunal, porque incluso aquellos cuyas actividades fueran delictivas difícilmente auspiciarían a una corte cuyas decisiones ya no serían tomadas seriamente por el resto de la sociedad.
Sirva este análisis también en la posibilidad de que sea una fuerza policial privada la que se ubica fuera de la ley y la justicia.

En relación a la defensa nacional en una sociedad libertaria, es bueno apuntar que al dejar de ser Estado-nación, lo cual es inherentemente amenazador, habría pocas posibilidades de que sufriera un ataque por parte de otro país. Uno de los grandes males del Estado-nación es que a todos sus ciudadanos se les identifica con él; por lo tanto, en cualquier guerra interestatal los civiles inocentes, los ciudadanos de cada país, están sujetos a la agresión del Estado enemigo. Pero en una sociedad libertaria no existiría tal identificación, y en consecuencia habría pocas probabilidades de que se produjera una guerra devastadora.

Supongamos por ejemplo, que un país estatista atacara a una población libertaria. En primer lugar, la forma en que se llevaría a cabo la defensa y los gastos que implicaría serían decididos por los consumidores de la población agredida. Aquellos que prefieren los submarinos Polaris y temen una amenaza exterior, se inclinarían por el financiamiento de esas naves. Los que consideran eficaz un sistema ABM, invertirían en esa clase de misiles defensivos, y aquellos que no toman en serio una amenaza semejante o los pacifistas, no contribuirían a ningún servicio de defensa nacional.

Como se puede apreciar, se aplicarían diferentes teorías de defensa en proporción con quienes estuvieran de acuerdo con las diferentes teorías que se ofrecieran y las apoyasen. Dadas las pérdidas enormes que hay en todas las guerras y en los preparativos de defensa en todos los países a lo largo de la historia, seguramente no es irrazonable pensar que los esfuerzos de defensa privada, voluntaria, serían mucho más eficientes que las inútiles asignaciones del gobierno. Sin duda alguna podemos deducir, que estos esfuerzos serían infinitamente más morales.

Pero, supongamos que ocurriera lo peor, y que finalmente la población libertaria fuera invadida y conquistada por un Estado cualquiera. ¿Qué pasaría entonces?

Debemos darnos cuenta, que la razón principal por la cual un país conquistador puede gobernar a un país derrotado, es que este último cuenta con un aparato estatal que transmite y pone en ejecución las órdenes del vencedor. Pero en aquellos casos, en los cuales el país conquistado carece de gobierno, la administración de éste se torna extremadamente difícil al no tener, en primer lugar, a través de quien impartir sus órdenes, y en segundo lugar, que sería muy arduo dar órdenes a una sociedad donde cada individuo constituye su propio gobierno.
Muchas gracias.

Joisy García Martínez. Bloguero, Periodista Independiente y miembro del Club Anarcocapitalista de Cuba (CAC)
Lic. Nelson Rodríguez Chartrand. Abogado, Periodista y miembro del Club Anarcocapitalista de Cuba (CAC)

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Fuentes consultadas:

-Wikipedia libre.
-El Manifiesto Libertario, de Murray Rothbard.

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